Abogado de Fianzas de Visado de Turista
ABOGADA DE INMIGRACIÓN LAURA LEON
Si planeas visitar Estados Unidos con un visado de negocios B-1 o de turista B-2, entender el caso de Estados Unidos.El requisito de la fianza de visado de turista es importante antes de solicitar.Las altas tasas de estancia en ciertos países han llevado a requisitos de aplicación más estrictos y financieros que afectan directamente a tu capacidad de viaje. Conocer las normas antes de solicitar puede evitarte consecuencias graves a largo plazo.
En Laura Leon Law, PLLC, ayudamos a los clientes a comprender las fianzas de visado de turista, los riesgos comunes y las opciones legales disponibles para proteger su historial migratorio.
Tabla de Contenido
CONTÁCTENOS HOY
PARA PROGRAMAR UNA CONSULTA
¿Qué son los bonos de visado de turista?
Los bonos de visado de turista son depósitos financieros que ciertos solicitantes de visados B-1 y B-2 deben pagar antes de que el gobierno estadounidense emita su visado. La fianza no es una tarifa. Es un depósito reembolsable que el gobierno retiene para asegurarse de que los titulares de visados cumplan los términos de su visado y salgan de Estados Unidos a tiempo.
Si entras en Estados Unidos, te quedas dentro del tiempo permitido y sigues todas las normas de visado, tu dinero se te devuelve. Si te quedas más tiempo o incumples los términos de tu visado, el gobierno se queda con la fianza.
Detalles del Programa de Fianzas de Visado de EE. UU.
El Departamento de Estado de EE. UU. lanzó el Programa Piloto de Bonos de Visa el 5 de agosto de 2025. Aquí están los principales Detalles del programa de Visa Bond para revisar antes de solicitar:
- El programa se emite desde el 20 de agosto de 2025 hasta el 5 de agosto de 2026
- Se aplica a los solicitantes de visados B-1 y B-2 de países designados
- Los importes de las fianzas se fijan en 5.000 $, 10.000 $ o 15.000 $
- Un funcionario consular determina la cantidad de la fianza en la entrevista de visado
- Los solicitantes deben presentar el Formulario I-352 para depositar su fianza
- El pago se realiza a través de Pay.gov, la plataforma oficial de pagos del gobierno de EE. UU.
- No utilices ninguna página web de terceros para pagar tu fianza
- Los visados emitidos bajo este programa son válidos solo para una entrada única
- Los titulares de visado pueden permanecer un máximo de 30 días en Estados Unidos
El programa comenzó con nacionales de Malaui y Zambia. Para enero de 2026, el Departamento de Estado amplió la lista a 25 países adicionales, incluyendo Argelia, Angola, Bangladés, Cuba, Nepal, Nigeria, Venezuela y Zimbabue. A marzo de 2026, se añadieron 12 países más, con efecto a partir del 2 de abril de 2026, incluyendo Camboya, Etiopía, Georgia, Mongolia, Nicaragua y Túnez. La lista completa y actual de países está disponible en la página web de Viajes del Departamento de Estado de EE. UU.
¿Dónde deben entrar los titulares de bonos de visa en Estados Unidos?
Los viajeros que hayan depositado fianzas de visado turístico deben entrar únicamente a través de aeropuertos comerciales designados. Entre ellos se encuentran Boston Logan, New York JFK, Washington Dulles, Newark Liberty, Atlanta Hartsfield-Jackson, Chicago O’Hare y Los Angeles International. No está permitida la entrada mediante vuelos chárter, fronteras terrestres o puertos marítimos bajo este programa.
¿Qué pasa si te quedas más tiempo del tiempo?
Comprender las consecuencias de la estancia adicional es tan importante como comprender los bonos de visado de turista. Los visados de turista B-2 suelen permitir hasta seis meses por entrada, pero un agente de la CBP establece tu periodo exacto de estancia en el Formulario I-94 en el punto de entrada. Esa fecha en tu I-94 es la fecha en la que debes salir, no la fecha de tu visado. Sin embargo, los visados B-2 concedidos bajo el programa piloto de bonos de visado están limitados a 30 días.
Exceder incluso un día de permanecido desencadena sanciones por presencia ilegal según la Sección 212(a)(9)(B) de la INA. Las consecuencias son graves:
- Exceder la permanencia entre 180 y 365 días implica una prohibición de 3 años para volver a entrar en Estados Unidos
- Exceder el tiempo de un año resulta en un barrio de 10 años
- Tu visado se cancela automáticamente al exceder la estancia
- Podrías enfrentarte a una expulsión acelerada
- Pierdes el importe de tu fianza de visado de turista
Puedes registrar tu periodo de estancia autorizada en i94.cbp.dhs.gov. Los aeropuertos capturan automáticamente los registros de salida, pero si sales por una frontera terrestre, deberías conservar prueba de salida, como billetes de avión o de autobús.
Tasas de estancia por país
El Departamento de Estado registra cada año las tasas de permanencia excesiva. Según el informe del año fiscal 2023, hubo 666.580 sospechas de exceder el tiempo en el país de un total de 9,5 millones de ingresos en B-1 y B-2. Los países con las tasas más altas de permanencia fueron Venezuela con un 11,43%, Cuba con un 7,69%, Nigeria con un 5,64% y Bangladés con un 5,32%.
Los viajeros procedentes de países con mayor estancia se enfrentan a un escrutinio adicional durante el proceso de solicitud de visado, incluyendo entrevistas adicionales y retrasos en el procesamiento administrativo.
CONTÁCTENOS HOY
PARA PROGRAMAR UNA CONSULTA
Infracciones comunes de visado a evitar
Más allá de exceder la permanencia, otras infracciones pueden afectar tu historial migratorio o hacer que pierdas tu fianza de visado:
- No está permitido trabajar con un visado de turista B-2
- Matricularse en la escuela sin cambiar el estatus de tu visado es una violación
No demostrar vínculos con tu país de origen, como un trabajo, familia o propiedad, puede llevar a una denegación según la Sección 214(b) de la INA.
USCIS y CBP revisan las violaciones mediante solicitudes ESTA, renovaciones de visado y encuentros fronterizos.
Otras opciones a considerar
Si el requisito de la fianza de visado de turista estadounidense se aplica a ti o el proceso estándar de visados B-1 y B-2 no es el adecuado, hay otros caminos que merece la pena explorar:
- El Programa de Exención de Visado permite que nacionales de 42 países visiten hasta 90 días sin visado, aunque la regla de no exceder la estancia se aplica estrictamente
- El Formulario I-539 te permite solicitar una prórroga de estancia antes de que termine tu periodo autorizado, aunque no se garantiza la aprobación
- Si cambian tus circunstancias, podrías ser elegible para cambiar tu estatus a un visado de estudiante, como F-1, o a un visado de trabajo, como H-1B, a través de USCIS
Cómo puede ayudar Laura Leon Law
El requisito de la fianza de visado de turista y las normas de estancia pueden resultar abrumadores, especialmente si eres de un país bajo mayor escrutinio. En Laura Leon Law, PLLC, ayudamos a los clientes a comprender los detalles del programa de fianzas de visado de EE. UU., revisar su elegibilidad, preparar solicitudes de exención cuando sea necesario y explorar vías alternativas de visado.
CONTÁCTENOS HOY
Programa una consulta
Tanto si tienes preguntas sobre el requisito de la fianza de visado de turista en EE. UU. como si necesitas orientación sobre tus opciones de visado, contacta hoy mismo con Laura Leon Law para concertar una consulta.